Medicina
Forense
Concepto:
Es la aplicación de los conocimientos médicos a los problemas legales o
derivados del legislador.
Es la rama de
la medicina que asesora sobre asuntos biológicos, físicos, químicos o
patológicos al Poder Judicial, entidades administrativas del Estado y personas
jurídicas que lo requieran.
La
medicina legal es la disciplina que efectúa el estudio, teórico y práctico de
los conocimientos médicos y biológicos necesarios para la resolución de
problemas jurídicos, administrativos, canónicos, militares o previsionales, con
utilitaria aplicación propedéutica a estas cuestiones.
Como ciencia tiene asunto, fin y métodos.
Asunto: Son los conocimientos médicos en toda su
enorme amplitud y las normas jurídicas que necesitan asesoramiento medico.
Finalidad: es su aplicación de la ley, reglamento,
decreto, ordenanza, etc.
Método: No son tan solo los biológicos sino también
los de las ciencias sociales.
Ramas de la medicina legal
- Odontología legal
- Química legal
- Tanatologia
- Asfixiologia
- Sexología legal
- Psiquiatría forense
- Traumatología forense
- Identificación
- Estomatología forense
- Patólogo forense
- Antropología forense
- Genética molecular
Odontología
forense: Comprende el estudio de
todo lo relacionado con las lesiones producidas por los elementos de la boca,
las lesiones producidas por la boca, la identificación por las huellas que
deja, la identificación antropológica bucodental, las incapacidades
funcionales, tiempo de reposición.
Química
legal: Abarca el estudio de los
medios de análisis químicos de aplicación en la investigación de huellas o
indicios
Asfixiologia: Es el estudio de las asfixias mecánicas.
Identificación: Es la parte de la medicina legal encargada de
estudiar los procedimientos para reconocer a una persona.
Estomatología
forense: Se encarga de estudiar el
desarrollo de los huesos y las larvas de los insectos que se encuentran en un
cadáver en descomposición, a fin de obtener datos muy precisos y poder calcular
aproximadamente la muerte de la víctima.
Patólogo
forense: Son los encargados de
determinar la causa de muerte de la víctima, observando el cuerpo y realizando
las autopsias. Son capaces de apreciar las heridas que se perciben a simple
vista, así como de relacionar los objetos próximos que hayan podido ser armas,
y exponer a la policía lo que pudo haber pasado en el lugar del crimen, aun sin
haber realizado exámenes exhaustivos.
Genética forense
La determinación de los caracteres del DNA de cada
individuo, su "huella biológica", supone un avance en los
procedimientos judiciales como lo fue a finales del siglo pasado la huella
dactilar. La exactitud de la identificación de la persona a través del DNA es
superior a cualquier otra técnica actualmente existente.
En la actualidad, el tipado de DNA con marcadores polimórficos se
utiliza también en diversos tipos de análisis: estudios de la paternidad y
análisis forenses.
Mediante el análisis de varios marcadores polimórficos muy
informativos (que muestran gran número de variantes alélicas) se puede
determinar la similitud o identidad de los DNAs.
Los análisis se acompañan de un cálculo probabilístico que
establece la certidumbre del resultado (BLAZQUEZ y HERNANDEZ-CHICO, 1995).
Asimismo, en varios países, Dinamarca inclusive, está
en estudio el establecimiento de registros de perfiles de DNA que engloben a
determinados grupos de delincuentes.
En relación con la denominada "prueba del
DNA", empleada sobre todo en las violaciones, se observa que los
tribunales tienden a emplearla como una prueba indicaría que queda dentro de su
ámbito de valoración.
Sin embargo, en cuanto a la posible pertinencia de los
instrumentos analíticos de genes en la investigación de la responsabilidad
penal, KOCK (1994), director del Departamento de Derecho Médico del Instituto
Max Planck, llega a la conclusión de que los métodos de análisis de genes no
llegarán a sacudir los fundamentos del concepto de culpabilidad y presumiblemente
desempeñarán una función de importancia secundaria en la valoración forense de
la capacidad jurídico-penal.
En el pasado, era frecuente tratar de dar una
explicación genética a la perpetuación de actos delictivos; por el contrario,
las teorías modernas buscan explicaciones mas sociológicas y psicológicas de la
delincuencia. No obstante, se confía en que el análisis genético arroje luz
sobre algunos tipos de predisposiciones delictivas, aunque sólo sea de forma
parcial.
El análisis genómico ayuda únicamente a detectar
estructuras vagas del comportamiento humano. Debido a que determinados síntomas
de enfermedades se corresponden con ciertas anomalías genéticas, este
procedimiento es así mismo aplicable para establecer un diagnóstico acerca de
la existencia o no de los requisitos biológicos de no-culpabilidad (TRIFFTERER,
1994) como es el caso de enfermedades mentales, deficiencias mentales, etc. Sin
embargo, el diagnóstico de los requisitos biológicos para la no-culpabilidad,
no son todavía prometedores. El diagnóstico genético supone a lo más, una ayuda
adicional para la valoración y siempre en confluencia con los métodos
tradicionales.
Y puesto que el análisis del DNA es posible utilizando
simplemente una gota de sangre, la cuestión se reduce a la legalidad de una
muestra de sangre obligatoria. En Alemania, por ejemplo, está admitida. En
Austria, sin embargo, la ley no prevé esta cuestión; no obstante, la
jurisprudencia y la doctrina aceptan que dicho procedimiento necesita el
consentimiento del interesado.
Por otro lado, como defiende LLEDÓ (1994), el
planteamiento ha de ser que en cada caso los análisis genéticos en el ámbito
judicial deberían especificar el objeto del análisis referido al caso concreto,
evitando informaciones del individuo innecesarias, salvaguardando todas las
garantías a fin de que los datos genéticos sean utilizados únicamente en la
finalidad pretendida, esto es, la determinación de la identidad. En línea con
lo expuesto, se concluye que deberán prevalecer siempre aquellos métodos que
comporten la cantidad mínima posible de información innecesaria para la
finalidad que se pretende. Del mismo modo, asegurar también el anonimato en
todos cuantos exámenes se hagan sobre el DNA, y si en su caso fuera necesario,
incluso prohibir la recogida generalizada de información genética cuyo uso no
fuese necesario al objeto de la investigación. Vemos que el riesgo mayor será
intentar no invadir la esfera de la intimidad del sujeto violando sus derechos
fundamentales.
La falta de una estructura médico-legal adecuada es
muy grave en muchos países desarrollados y no sólo afecta a la pericia en
materia de DNA, sino a otras pericias médico-legales de extraordinaria
importancia. Sería necesaria la implantación en todos los países de sistemas
armónicos a los que tengan acceso en igualdad de condiciones la defensa y la
acusación (CARRACEDO, 1994). Así mismo, sigue diciendo Carracedo,
particularmente en España parecería lógica la creación urgente de Institutos
Regionales de Medicina Legal que se puedan contraperitar libremente y estén
dotados de los medios adecuados. Su implantación está prevista en la Ley
Orgánica del Poder Judicial desde hace más de una década.
En definitiva, el análisis del DNA con fines de
identificación forense es un método de enorme valor si se realiza con rigor.
Desde el punto de vista pericial, ha representado un enorme avance técnico,
pero tan importante ha sido a su vez el avance en la estandarización,
coordinación y control de calidad que ha supuesto.
A pesar de recomendaciones como la del Consejo de
Europa y de grupos técnicos de trabajo (ISFH: International Society for
Forensic Haemogenetics, EDNAP: European DNA profiling group, etc.) se ha
avanzado poco desde el punto de vista legislativo en la mayoría de los países.
Persiste así mismo el problema de la creación o no de bases de datos de
delincuentes convictos por delitos graves que tiene que ser debatido y
legislado.
IDENTIFICACIÓN DE INDIVÍDUOS.
UTILIZACIÓN EN CRIMINALÍSTICA.
Ya en los años sesenta, Dausset había descubierto un conjunto
de genes que codificaban unas proteínas presentes en la superficie de todas
nuestras células. Entonces esas proteínas tenían una función desconocida. Su
configuración variaba mucho de un individuo a otro, de tal manera que se podía
distinguir fácilmente a un individuo de otro estudiando estas moléculas,
llamadas HLA. Se entreveía la noción de identidad bioquímica; era la primera
vez que se observaba que cada célula era portadora de la identidad de un
individuó.
La
aplicación de las huellas genéticas a los restos biológicos es de gran
importancia en criminalística. Se produce la identificación positiva cuando las
huellas genéticas del material de prueba coinciden en su totalidad con las del
sospechoso. En caso contrario, se produce la exclusión.
Los
restos biológicos presentan la dificultad añadida de que en ocasiones son muy
escasos y, además, el material genético que se extrae de los mismos se
encuentra altamente degradado, dificultando en gran medida el análisis del DNA
minisatélite. Para obviar estos problemas, se ha realizado un gran esfuerzo
entre la comunidad científica con la finalidad de desarrollar nuevas
metodologías capaces de identificar genéticamente cantidades infinitesimales de
restos biológicos, aún en mal estado de conservación. El DNA microsatélite, de
menor tamaño que el minisatélite, ha demostrado ser más apropiado para la
identificación en estos casos. Esta clase de DNA es susceptible de ser
amplificado mediante la PCR, de manera que es posible aumentar hasta un millón
de veces la cantidad de DNA inicial (KIMPTON et al., 1993). Además, debido al
pequeño tamaño de cada región microsatélite, el estado de degradación del
material genético a estudiar tiene menor influencia y ha sido demostrado que
restos biológicos, que no podían ser identificados hasta muy recientemente, son
ahora diagnosticados con éxito, de manera que es ya una realidad la
identificación a partir de minúsculas manchas de sangre, de una única raíz de
cabello, e incluso de los restos de saliva que contiene la boquilla de un
cigarro (TAMAYO y MARTÍNEZ, 1994).
De hecho ya se está haciendo rutinario la inclusión
del informe médico sobre el análisis comparativo del DNA mitocondrial de una
muestra biológica de un sujeto determinado en los sumarios judiciales.
Así por ejemplo, el Banco Nacional de Datos Genéticos
de Argentina, creado por la Ley 23.511, brinda asistencia técnica para
esclarecer genéticamente vínculos biológicos cuestionados en sede judicial o a
nivel particular.
Por su parte, El Tribunal Supremo alemán, en su
sentencia de 12 de agosto de 1992, después de cuestionar las bases del examen
pericial y ante un nivel de probabilidades de acierto de un 99,986% señala que,
en todo caso, la prueba del DNA ha de ser tratada como un indicio, que se ha de
constatar junto con otros, para llevar al tribunal a la convicción sobre la
culpabilidad del acusado (Sentencia del Tribunal Supremo Alemán, 1992). Pese a
que los tribunales alemanes reconocen el análisis del DNA, aun cuando no quedan
voces críticas frente a ello (KIMMICH, SPYRA, STEINKE, 1993), el tratamiento de
la prueba que presenta un margen de
error, por pequeño que sea -en el caso tratado, un 0,014%-, implica la libertad
del tribunal para absolver al acusado.
Señalaremos también que la recomendación final del Informe Rothley (Parlamento Europeo,
1989) es que los análisis genéticos no se deben aplicar por principio en los
procedimientos civiles o penales, si bien cabe establecer excepciones (como
investigación de la paternidad o una posible autoría en el proceso penal).
Otro aspecto a tener en cuenta, y derivado de los
análisis genéticos en el ámbito forense, será que no se adquieran o utilicen
también resultados relativos a enfermedades ocultas o futuras, o a
características de la personalidad condicionadas genéticamente, debiéndose
descartar todos los procedimientos de prueba que pudieran dar lugar a
informaciones de este tipo.
Autopsia
La
denominada autopsia médico-legal se hace siempre por orden de la autoridad
judicial en caso de muerte violenta o sospechosa de criminalidad, aún cuando
por la inspección ocular exterior pueda presumirse el motivo del fallecimiento.
Luego de realizadas todas las diligencias que no hemos
referido en el lugar del hecho, el siguiente paso es la autopsia. La autopsia
se hace siempre por orden de la autoridad judicial en caso de muerte violenta o
sospechosa de criminalidad aun cuando por inspección ocular exterior pueda
presumirse el motivo del fallecimiento.
La autopsia
revela el como y cuando de la muerte.
Pero no
siempre es fácil saber quien es la víctima. Es estos casos la necroseña
(huellas tomadas al cadáver), la ficha dental y la ficha antropometría son los
puntos de partida.
Una buena
autopsia nos indica la causa de la muerte, si fue un suicidio o un asesinato,
una pistola o un revolver a cuanta distancia se produjo la agresión o la
trayectoria de una bala incluso nos dice si el asesino es diestro o zurdo, si
es muy alto o bajo.
La autopsia
también nos indica como fue la muerte: si hubo lucha o no, si la víctima
intento defenderse o fue sorprendida.
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